Acoso callejero por Minnely Rosales Vázquez


ACOSO CALLEJERO


Como bien sabemos, el acoso callejero es una de las prácticas conflictivas más latentes en nuestro país, dado que ese silbido, esas miradas o esos comentarios no oportunos han sido definidos como una forma de violencia mayoritariamente hacia la mujer, poniendo en riesgo su integridad tanto física como moral.
Para combatir esta problemática algunos países han desarrollado marcos legales, los cuales se encargan de hacer del acoso callejero una forma de discriminación sexual prohibida por la Ley. Sin embargo, también es fundamental el que la población sea sensibilizada acerca de la temática del acoso callejero y su impacto en las mujeres (principalmente), tomando relevancia el trabajo que han estado desarrollando organizaciones de la sociedad civil en diversos países.
Este documento busca caracterizar la problemática del acoso callejero, definiendo el fenómeno, describiendo las características de dichas prácticas y resumiendo el impacto que estas tienen en la población, en particular en las mujeres.

I. Definición de acoso

Si bien aún no hay una definición estandarizada de acoso callejero, las diversas organizaciones sociales han operacionalizado el concepto de manera tal de dar cuenta de la problemática, así como también actuar frente a ella.
Para Stop Street Harassment (SSH), el acoso callejero describe interacciones no deseadas en el espacio público, motivadas por el género real o el percibido, orientación sexual o expresión de género, que hace a quien es acosado sentirse irritado, enojado, humillado o asustado. El acoso callejero, puede ocurrir en la calle, en las tiendas, en los parques y en las playas. Mientras el Observatorio Contra el Acoso Callejero de Chile lo define como “prácticas de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida, en espacios públicos como la calle, el transporte o espacios semi públicos (mall, universidad, plazas, etc.); que suelen generar malestar en la víctima. Estas acciones son unidireccionales, es decir, no son consentidas por la víctima y quien acosa no tiene interés en entablar una comunicación real con la persona agredida”.
Decimos que es violencia pues, además de ser no deseada, ocasiona en las mujeres impactos negativos como temor a transitar solas por las calles, demoras innecesarias al evitar ciertas zonas consideradas inseguras, gastos extra para poder costear transporte privado, dependencia de otros hombres (padres, hermanos, parejas, entre otros) a quienes piden compañía y protección en las calles, abandono de centros de trabajo, entre otros.

¿Qué prácticas son consideradas ASC?

           Miradas lascivas
           “Piropos”
           Silbidos, besos, bocinazos, jadeos y otros ruidos
           Gestos obscenos
           Comentarios sexuales, directos o indirectos al cuerpo
           Fotografías y grabaciones del cuerpo, no consentidas y con connotación sexual
           Tocaciones (“agarrones”, “manoseos”, “punteos”)
           Persecución y arrinconamiento
           Masturbación con o sin eyaculación y exhibicionismo

Aunque el acoso en la calle afecta principalmente a las mujeres, el fenómeno se extiende a todos los géneros y a ambos sexos.
En los 90, autoras feministas alertaron que el acoso callejero contraviene derechos fundamentales de toda persona, como la libertad y la seguridad. En este caso, la libertad de las mujeres de vivir el espacio público sin constricciones, ya que el acoso callejero reduce la posibilidad de movilizarse física y geográficamente, inhibiendo la permanencia en ciertos lugares públicos y a ciertas horas (Nielsen, 2000).
Sin embargo, recién en los últimos años, movimientos sociales en diversos países han impulsado estudios que permitan dar cuenta tanto de la prevalencia del acoso callejero, así como también sus principales manifestaciones. National Street Harassment Report da cuenta de los resultados de un estudio de cobertura nacional, llevada a cabo en Estados Unidos sobre el acoso sexual callejero. La metodología utilizada incluyó encuestas por internet a 1.000 varones y 1.000 mujeres, las que fueron llevadas a cabo por GFK, empresa líder en investigación, entre los meses de febrero y marzo del año 2014. Adicionalmente, SSH condujo 10 focus groups en diversos Estados del país que se llevaron a cabo entre agosto del 2012 y marzo del 2014. El estudio demostró que el 65% de las mujeres ha experimentado acoso callejero, donde el 57% experimento acoso verbal, el 41% formas físicamente agresivas, donde el 23% ha sido tocada, 20% ha sido seguida, el 14% ha sido víctima de un flashing y 9% ha sido forzada a hacer algo de orden sexual. Entre los hombres el 25% ha sufrido acoso callejero, un 18% acoso verbal y un 16% formas físicamente agresivas. La mayoría de los hombres que habían sido acosados se identificaban más como LGTB que como heterosexuales.

En conclusión, a pesar de que el acoso callejero sea tan común en cualquier espacio público, pocas son las Leyes que lo prohíben y han dado seguimiento a esta práctica que en la actualidad es penada y no tolerada en otras situaciones y contextos (acoso laboral, estupro, violación), pero está pendiente sancionarla cuando ocurre en los espacios públicos y esto mismo conlleva graves consecuencias hacia cualquier persona víctima de este fenómeno. Al igual, es considerado violencia de género, pues refleja en el espacio público la desigualdad de poder entre hombres y mujeres, a través del abuso sexual.

Bibliografía


Gaytán Sánchez, P. (2007). Acoso callejero. Obtenido de Universidad Autónoma Metropolitana Azcapotzalco: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=32514302
Lampert Grassi, M. P. (21 de Octubre de 2016). Paremos el acoso sexual callejero. Obtenido de Biblioteca del Congreso Nacional de Chile: https://paremoselacosocallejero/que-es-el-acoso-sexual-callejero/





Comentarios

  1. Considero que al hablar de este tema es muy importante extenderse sobre el cómo reaccionar ante estas situaciones, desde cómo testigo hasta como acosado, ya que muchas veces no sabemos reaccionar asertivamente y empeoramos las cosas.

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