Acoso Callejero
Introducción
En el presente texto se expondrá el
acoso callejero que hoy en día es un problema muy importante, de acuerdo con el
periódico “El Economista” de 2014 a 2017, las denuncias por acoso sexual aumentaron 433%1.
Se abordará su definición para
poder entender de manera general lo que significa el acoso callejero y
posteriormente se tratará con más detalle lo que implica, las dimensiones que
pueden tomarse en cuenta.
Se hablará de la dimensión sexual y
lo complicado que es en el ámbito jurídico, también del espacio público que es
donde el acoso se manifiesta, de la unidireccionalidad y por qué el acoso
callejero es diferente a los halagos u otras formas de manifestar afecto y de
por qué el acoso no provoca más que malestar en las víctimas.
Definición
El acoso callejero es un problema que principalmente las
mujeres viven todos los días. El Observatorio contra el Acoso Callejero lo
define como: “Toda práctica con connotación sexual explícita o implícita, que
proviene de un desconocido, que posee carácter unidireccional, que ocurre en
espacios públicos y tiene el potencial de provocar malestar en el/la
acosado/a.”2
El acoso callejero cuenta todas las prácticas que
tienen connotación sexual ya sea explícita o implícita, son recibidas de una
persona desconocida y en un espacio público además de que no se tiene en cuenta
si la persona que lo recibe lo quiere así por lo que tiene el potencial de
producir sentimientos negativos como rabia, asco, miedo o impotencia.
El género no tiene importancia sin embargo es evidente
que las mujeres son quienes más presentan éste problema en nuestra sociedad.
La definición nos sirve de apoyo para reconocer éste
acto y no es necesario conocer la verdadera intención del acosador para
calificar al acto que cumple con las características antes mencionadas como
acoso callejero además de que es lo suficientemente clara para que cualquier
persona promedio que cumpla con el papel de espectador externo pueda
identificar claramente cundo se comete dicho acto.
Dimensiones
Sexual
En el ámbito
jurídico es muy difícil diferenciar un acto sexual de uno que no lo es por lo
que también se complica el tratar de sancionar el acoso callejero.
La concepción normativista es la más aceptada en el
ámbito jurídico por su característica de objetividad. Según el Observatorio
Contra el Acoso Callejero, la vertiente objetivo normativa plantea los actos
sexuales como: “Tienen aptitud o son adecuados para excitar/activar el instinto
sexual de una persona, según los cánones vigentes en un sociedad determinada o
bien que involucre los órganos genitales”3
Por la definición anterior podemos decir que la
connotación sexual no se limita a actos físicos sino también practicas verbales
entre otras que se manifiestan claramente en el acoso callejero.
Espacio Público
El espacio
público lo podemos catalogar como aquel en el que se dan relaciones e
interacciones entre diversas personas, generalmente se asocian lo lugares abiertos
como plazas, calles, etc. A estos lugares no sólo se debe tomar en cuenta el
aspecto físico pues también se le asocia con actitudes o prácticas que afectan
a la forma en que los vemos, hoy en día a éstos espacios públicos se les asocia
sobre todo con la violencia o delincuencia por lo que el acoso callejero suele
pasar como otra de las actitudes vinculadas.
Unidireccionalidad
El acoso
callejero surge de forma espontánea por lo que el agresor no toma en cuenta lo
que la víctima pueda sentir, éste hecho es lo que diferencia al acoso con los
halagos y el cortejo ya que los últimos dos surgen de un deseo de hacer sentir
bien a la persona que los recibe y de cautivarla, toma en cuenta a la persona
que recibirá el mensaje y por lo tanto no se trata de actos que se consideren un problema al contrario
del acoso.
Malestar
Al
contrario de lo que muchos afirman, el caso sexual no causa ningún placer o
emociones positivas en la persona que lo recibe, más bien, causa malestar.
Como las emociones son respuestas a
un estímulo, se pueden clasificar en dos grandes grupos: emociones positivas y
emociones negativas, en donde las positivas son aquellas que hacen acercar o
repetir el estímulo que las provoca y las negativas provocan lo contrario,
causan rechazo hacia lo que las causa para protegerse de un riesgo en potencia.
El acoso callejero causa emociones
negativas tales como: asco, rabia, miedo, inseguridad, confusión, culpa, etc.
provocados por el riesgo a ser violentados físicamente o llegar a una
violación.
México
Hoy en día ya existen leyes que
protegen a las mujeres en México, según CC News “A inicios del mes de febrero,
Claudia Corichi, diputada representante del partido Movimiento Ciudadano,
presentó una iniciativa para tipificar como delito el hostigamiento y el abuso
sexual en el transporte público en la Ciudad de México”4.
Sin embargo será difícil entregar pruebas del acoso ya que, como se ha
mencionado antes, éste acto es espontáneo y además suele ser muy breve por lo
que faltará implementar mejores opciones a las víctimas para poder ejercer su
denuncia de forma eficaz. Por ahora la mejor forma de denunciar es llevando
testigos que hayan presenciado el hecho, la presencia de testigos no será mucho
problema ya que el acoso callejero se da en lugares públicos como ya se ha
explicado y por lo tanto la presencia de personas es normal.
Conclusión
El acoso callejero es un problema
grave que principalmente las mujeres padecen en cualquier lugar catalogado como
público y no es un acto que cause bienestar gracias a su relación con la
sexualidad y su característica de unidireccionalidad, es un problema difícil de
resolver sin embargo nuestro país ya está presentando propuestas para erradicar
éste problema, la participación ciudadana es importante para que las mujeres
quienes son las más afectadas por éste tipo de conductas se puedan sentir
seguras en cualquier lugar.
Bibliografía
Corona,
S. (04 de marzo de 2018) Ciudad de México, la cuna del acoso sexual. El
economista. Recuperado de
https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Ciudad-de-Mexico-la-cuna-del-acoso-sexual--20180304-0030.html
Arancibia,
J et al (2015) Acoso Sexual Callejero: Contexto y Dimensiones. Observatorio
contra el Acoso Callejero, Chile
Almaraz, L. (16
de febrero de 2018). Acosar en la calle será considerado un delito en México.
CC News. Recuperado de https://news.culturacolectiva.com/noticias/acoso-callejero-sera-considerado-delito/ sin embargo denunciar
Autor: José Antonio Sánchez Jiménez
1Corona, S.
(04 de marzo de 2018) Ciudad de México, la cuna del acoso sexual. El
economista. Recuperado de https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Ciudad-de-Mexico-la-cuna-del-acoso-sexual--20180304-0030.html
2Arancibia, J et al (2015) Acoso Sexual Callejero: Contexto y Dimensiones. Observatorio
contra el Acoso Callejero, Chile
3Arancibia, J et al (2015) Acoso Sexual Callejero: Contexto y Dimensiones. Observatorio
contra el Acoso Callejero, Chile
4Almaraz, L. (16 de febrero
de 2018). Acosar en la calle será considerado un delito en México. CC News.
Recuperado de https://news.culturacolectiva.com/noticias/acoso-callejero-sera-considerado-delito/ sin embargo denunciar
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